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PRIMER ANIVERSARIO DEL CODIGO DE CONSUMO


Escribe: Pedro Morales Mansilla.
“En suma, hay compromiso y necesidad de crear un auténtico sistema de protección al consumidor que involucre al Estado, considerando como sustancial la descentralización de sus mecanismos a través de de los gobiernos locales. Es decir, un auténtico código de consumo”, es el último párrafo del artículo que publicamos el 25-1 ...1-2009 en “El Comercio”, que recordamos como parte de una somera evaluación en el primer aniversario de vigencia del código de consumo.

Su promulgación constituyó un paso adelante en el camino hacia la modernidad, puede considerársele como instrumento para la inclusión social, que entre sus bondades destaca la implementación del Libro de Reclamaciones en las entidades que brindan bienes o servicios porque empodera al consumidor y que, pese a su escasa difusión ha despertado el interés por los derechos de los consumidores; sin embargo, es evidente que adolece de las imperfecciones que advertimos con oportunidad.

INDECOPI, que va a cumplir 20 años de creación, no ha logrado organizar oficinas ni en el 10% de las 195 provincias del país, en consecuencia no cubre la necesidad de los servicios para los que fue creado y menos lo está haciendo para atender las necesidades de los consumidores, lo que es peor, ha renunciado a su responsabilidad de procesar los datos y constancias de los Libros de Reclamaciones, que bien pueden servir para identificar las áreas críticas y procurar la medidas correctivas.

Si la intención es crear un auténtico sistema de protección al consumidor, insistimos en modificar el código creando una autoridad autónoma que descentralice sus actividades a través de las municipalidades, autoridad que por su naturaleza está más cerca de los consumidores y puede en un solo acto prestar la logística e infraestructura en 1836 distritos, cubriendo todo el país. Es preocupante que no se las convoque, ni si quiera en cumplimiento de la ley vigente para crear el Sistema de Arbitraje de Consumo, instancia que debe resolver conflictos.

Otra preocupación es la que genera su Reglamento, porque según los autores del anteproyecto de ley que sirvió para la elaboración final del código, no acoge los principios de la soberanía del consumidor que éste contiene, poniendo en riesgo la viabilidad de hacer del mercado un eficaz instrumento de inclusión, por lo menos durante el tiempo en que la norma funcione, antes de su necesaria revisión y perfeccionamiento en pro de un sistema descentralizado y realmente libre de cualquier sumisión al poder político y compromisos con posiciones de dominio.

Es importante continuar con el análisis del primer año y el debate sobre su perfeccionamiento.

Lima, 20 de octubre de 2011.

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